El Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE) es un padrón administrado por el Ministerio de Trabajo. Pueden registrarse aquellas empresas (tanto personas naturales con negocio como personas jurídicas) cuyas ventas anuales no superen los límites establecidos:
- Microempresa: Ventas anuales hasta un máximo de 150 UIT.
- Pequeña Empresa: Ventas anuales hasta un máximo de 1700 UIT.
Los beneficios económicos del régimen laboral de la Microempresa
Si te registraste exitosamente como Microempresa en el REMYPE antes de firmar el contrato con tu nuevo trabajador, los beneficios que estás obligado por ley a otorgarle cambian por completo, aliviando tu flujo de caja de forma legal:
- Vacaciones: Se reducen de 30 días a solo 15 días calendario por año laborado.
- Gratificaciones y CTS: Quedan reducidas a S/ 0.00. La ley no te obliga a pagarlas en la categoría de microempresa.
- Salud: Puedes afiliar a tus trabajadores al SIS Emprendedor (co-financiado por el Estado) en lugar de pagar obligatoriamente el 9% de EsSalud, reduciendo el costo a un aporte mínimo mensual fijo por colaborador.
La regla de oro: El registro es previo
Táctica de Negociación: No compres en la primera tienda que encuentres. Camina, cotiza y pide la tarjeta del local anotando el precio que te dieron al reverso. Los importadores más grandes suelen estar en las esquinas interiores o en los sótanos de las galerías más profundas del jirón Cusco y jirón Andahuaylas.
